El Ministerio de Salud (MINSA) de Panamá emitió un comunicado oficial en el que rechazó los señalamientos sobre un presunto favorecimiento hacia una empresa farmacéutica. La institución aclaró que las recientes adquisiciones de medicamentos obedecen única y exclusivamente a una estrategia de emergencia diseñada para evitar el desabastecimiento crítico de insumos sanitarios de primera necesidad en todo el territorio panameño, garantizando así el acceso oportuno y la continuidad terapéutica de los pacientes en los centros públicos.
De acuerdo con las explicaciones técnicas de la cartera de Salud, las compras involucran un lote específico de productos farmacéuticos de uso diario y alta demanda. Entre los medicamentos prioritarios en riesgo se encuentran el Clotrimazol de 100 mg en óvulos o comprimidos vaginales, la Nifedipina de 10 mg en cápsulas, el Clorhidrato de Propranolol de 40 mg en comprimidos y las Trivitaminas ACD en solución con gotero. El ministerio argumentó que estos fármacos integran un grupo histórico de difícil adquisición debido a la nula o limitada participación de oferentes en las licitaciones ordinarias.
Para contextualizar la gravedad de la situación de suministro, el MINSA detalló que, de forma coordinada con la Caja de Seguro Social (CSS) y diversas instalaciones hospitalarias del país, se convocaron un total de 27 actos públicos de contratación entre los años 2018 y 2024. No obstante, la totalidad de estos concursos institucionales fueron declarados formalmente desiertos ante la falta absoluta de proponentes comerciales o por el incumplimiento de los requisitos mínimos por parte de las farmacéuticas locales.

Esta falta de oferentes en los canales de compra tradicionales colocó en una situación de vulnerabilidad extrema a más de 150,000 pacientes crónicos en todo el país. Las autoridades sanitarias advirtieron que la ausencia de dichos medicamentos ponía en riesgo directo la vida y estabilidad de las personas bajo tratamiento por hipertensión arterial, patologías cardiovasculares agudas, infecciones ginecológicas y otras condiciones crónicas que dependen de la administración diaria y estricta de estos compuestos químicos.
Ante esta realidad epidemiológica y de mercado, el Gobierno se vio en la obligación legal de aplicar los mecanismos excepcionales contemplados en la Ley 419 de 2024. Esta normativa faculta expresamente al Estado panameño a autorizar la importación directa de medicamentos que no dispongan temporalmente de un registro sanitario local, siempre y cuando se demuestre la inexistencia total de disponibilidad de stock en el mercado farmacéutico nacional y se trate de una urgencia de salud pública.
La institución remarcó que todo el procedimiento de compras excepcionales fue supervisado y aprobado por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas (DNFD), entidad encargada de validar el cumplimiento de los controles técnicos, regulatorios y sanitarios internacionales para asegurar la bioequivalencia y seguridad de los lotes importados.